Declaración de Condiciones de Seguridad Provisional
Acerca del trámite
Información del trámite
Documento que avala las medidas mínimas de seguridad mediante la presentación de documentales; es un requisito necesario para la expedición de la licencia de funcionamiento de los establecimientos denominados regulados. Este documento no sustituye a la licencia de funcionamiento u otra autorización o permiso de carácter Federal, Estatal o Municipal.
Modalidad
Presencial
Casos en los que el trámite debe realizarse
Toda persona física o moral que solicite una licencia de funcionamiento para realizar actividad industrial, comercial o de prestación de servicios, tienen la obligación de tramitarlo para obtenerla.
Motivo de inspección o verificación
No Aplica
Requisitos
Costos
Costo del trámite: Gratis
¿Dónde se pagará?
No Aplica
Formas de pago
No aplica
Procedimiento
- Se entrega a la persona solicitante la Cédula de Autodeclaración con los requisitos para obtener la Declaración de Condiciones de Seguridad Provisional. Se canaliza a la Unidad de Verificación en Materia de Protección Civil.
- La persona solicitante a la persona solicitante la Cédula de Autodeclaración con los requisitos para obtener la Declaración de Condiciones de Seguridad Provisional.
- La persona solicitante entrega la Cédula de Autodeclaración y los requisitos al Responsable del Área de Verificación en Materia de Protección Civil.
- No cumple con los requisitos, se informa a la persona solicitante, los requisitos faltantes.
- No cumple con los requisitos se elabora la Declaración de Condiciones de Seguridad Provisional.
- Entrega la Declaración de Condiciones de Seguridad Provisional a la Persona Solicitante.
Resolución del Trámite
Que se cumpla con todos y cada uno de los requisitos.
Plazo máximo de resolución
3 Días
Aplicación de afirmativa ficta
No
Documento a obtener
Declaración de Condiciones de Seguridad Provisional
Vigencia del documento
45 Días
Fundamento Jurídico
- Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, Titulo Primero, Capítulo I, Artículo 8 Fecha de publicación en el DOF el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada DOF 03-03-2026.
- Ley General de Protección Civil, Capítulo I artículos 1, 3, Capítulo III, artículos 17 primer párrafo, 21 cuarto párrafo, Capítulo XV, artículos 73, 75, 76, 77, 78,79. Fecha de publicación en el DOF el 6 de junio de 2012. Última reforma publicada DOF 21-12-2023
- Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. Capítulo I, Artículos 1 y 2; Capítulo IV artículo 23 fracciones IX, X y XI; Capítulo VIII artículos 41, 42, 43, 44, 45, 47, 48, 49 y 49 bis. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2011. Última reforma publicada DOF 01-04-2024.
- Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo, Condiciones de seguridad. Fecha de publicación en el DOF: 24/11/2008.
- Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSPC-2011, Señales y Avisos para Protección Civil colores, formas y símbolos. Fecha de publicación en el DOF: 23/12/2011.
- Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010, condiciones de seguridad- prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Fecha de publicación en el DOF: 9/12/2010.
- Norma Oficial Mexicana, NOM-026-STPS-2008; Colores y señales de seguridad e higiene, identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías. Fecha de publicación en el DOF: 2008-11- e 25
- Norma Oficial Mexicana, NOM-004-SEGD-2004, Instalaciones de aprovechamiento de gas LP. diseño y construcción. Fecha de publicación en el DOF: 2/12/2004.
- Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012, Instalaciones Eléctricas (utilización). Fecha publicación en el DOF: 29/11/2012.
- Norma Oficial Mexicana, NOM-022-STPS-2015 Electricidad estática en los centros de trabajo Condiciones de seguridad. Fecha de publicación en el DOF: 2016-04-01.
- Norma Oficial Mexicana, NOM-002-SECRE-2010, Instalaciones de aprovechamiento de gas natural (cancela y sustituye a la NOM-002-SECRE-2003, Instalaciones de aprovechamiento de gas natural). Fecha de publicación en el DOF: 2011-02-04.
- Norma Oficial Mexicana, NOM-011/1-SEDG-1999, Condiciones de seguridad de los recipientes portátiles para contener Gas LP. en uso. Fecha de publicación en el DOF: 2000-03-30.
- Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA3-2013. Que establece las características arquitectónicas para facilitar el acceso, tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad en establecimientos para la atención médica ambulatoria y hospitalaria del Sistema Nacional de Salud. Fecha de publicación en el DOF: 2013-09-12.
- Norma Oficial Mexicana NOM-009-SSPC-2015, condiciones estructurales para el acceso a personas con capacidades diferentes. Fecha de publicación en el DOF: 2018-07-05.
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, Publicada en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 10, 14 y 17 de noviembre de 1917. Última reforma POGG: 06 de marzo de 2026. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, Título I Capítulo Primero, artículos 2 y 3. Publicada en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 02-03-1993. Última reforma POGG: 06 de marzo de 2026.
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Elaboró: Mtro. Cesar Damazo Reyes, Responsable del Área de Verificación en Materia de Protección Civil
Autorizó: Mtra. Miriam Martínez Barrios / Directora Jurídica
Trámites y servicios relacionados:
No Aplica.
Visita Domiciliaria
Trámite sujeto a Visita Domiciliaria
No aplica
Condicionante qué exente la Visita
No aplica